El Estado sí puede comprar, distribuir y aplicar de forma exclusiva la vacuna contra el COVID19.

Todo ser humano tiene derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud que le permita vivir dignamente,[1] este es entendido cómo el estado de un completo bienestar físico, mental y social,[2] y no solo la ausencia de afecciones o enfermedades.[3]

Los Estados deben adoptar providencias a nivel local e internacional para garantizar que todos sus ciudadanos gocen del más alto nivel posible de salud,[4] una de estas acciones consiste en alcanzar la total inmunización contras las enfermedades infecciosas, [5] así como también realizar las acciones pertinentes para la prevención y el tratamiento contra las enfermedades epidémicas. [6]

Estas acciones pueden requerir de un actuar inmediato o pronto con base en las circunstancias de cada caso, en dichas situaciones los Estados deberán de adoptar medidas eficaces que permitan el acceso libre de cualquier discriminación.[7]

En el cumplimiento de su obligación los Estados deben de garantizar la disponibilidad, no discriminación y accesbilidad ecónomica, para poder garantizar este derecho a todos sus ciudadanos de manera justa y equitativa.[8]

La disponibilidad se entiende como la responsabilidad que deben de tener los Estados para contar con un número suficiente de bienes, centros de salud y personal médico y profesional capacitado para poder dar abasto a las obligaciones correspondientes para garantizar el derecho de la salud.[9]

En relación con la no discriminación, esta debe ser interpretada como que los bienes y servicios proporcionados por el Estado deben de ser brindados en beneficio de todos y cada uno de los sectores de la población sin distinción alguna.[10]

La accesibilidad económica consiste en que el derecho a la salud debe de ser garantizado con base en el principio de equidad a fin de asegurarse que los servicios estén al alcance de todos, debe procurar que no recaiga una carga desproporcionada en los hogares más pobres en relación con los hogares más ricos.[11]

El 17 de noviembre del año 2019 se reportó el primer caso de Covid-19 en China.[12] Hoy México se encuentra inmerso en una epidemia nacional, pues  registra un total de 164 mil 290 muertes y un millón 912 mil casos de Coronavirus. [13]

Ante esta situación el Estado Mexicano tiene la obligación de adoptar las medidas necesarias para poder prevenir y tratar la afectación infecciosa,[14] considerando los principios de disponibilidad, no discriminación y accesibilidad económica. [15]

Una de estas medidas y posiblemente la más esperanzadora consiste en la vacunación masiva de la población mexicana,[16] que deberá realizarse de manera eficaz y pronta para reducir los altos niveles de contagios y decesos.

Pese a que la creación de la vacuna fue bastante rápida, la producción y distribución de la misma está siendo mucho menos eficaz de lo planeado, esto sumado al acaparamiento de las mismas por algunos de los países más ricos[17] pone en peligro que otros países como México puedan no vacunar a su población este año.

Durante todo el transcurso de la pandemia, la escasez y el acaparamiento de diversos bienes dedicados al ámbito de la salud en el mundo y en México han sido constantes. [18]

En caso de que se permitiese a la iniciativa privada comenzar a comercializar las vacunas del covi-19, el Estado Mexicano daría lugar a que un acaparamiento y escasez de las mismas se desarrollará por la alta demanda de la misma.

Este factor pondría el riesgo el plan de vacunación nacional que prioriza la vacunación del personal médico, así como de los sectores poblaciones que padecen un mayor riesgo de complicaciones a causa de la afección.

De la misma manera incumpliría con los principios de no discriminación y accesibilidad ecónomica, pues priorizaría una aplicación de la vacuna a quien pudiese adquirirla y no a quien la requiriese de manera más inmediata por sus condiciones y estado de salud.

Es por ello que podemos concluir que el Estado Mexicano si puede comprar, distribuir y aplicar de forma exclusiva las vacunas contra el Covid-19, puesto que de esta manera se puede asegurar que se realicen las acciones pertinentes para prevenir la epidemia nacional con la finalidad de garantizar el derecho a la salud respetando los principios de disponibilidad, no discriminación y accesibilidad ecónimica.


[1] Observación General Número 14, en virtud del artículo 12 del Pacto, Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, GEN 14 (2002), párr. 1

[2] Idem.

[3] “Organización Mundial de la Salud, Constitución”, 22 de Julio de 1946, Párr. 2, https://apps.who.int/gb/bd/PDF/bd48/basic-documents-48th-edition-sp.pdf?ua=1#page=7

[4] OEA, Convención Americana Sobre Derechos Humanos de 1969, 7 al 22 de noviembre de 1969, artículo 26.

[5]  OEA, Procolo adiccional a la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, Artículo 10.

[6] Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 16 de diciembre de 1976, Artículo 12 c.  

[7] Sentencia, Fondo, Reparaciones y Costas,  Serie C núm. 39513, Caso Hernández Vs. Argentina. Excepción Preliminar, 22 de noviembre de 2019.

[8] Sentencia, Fondo, Reparaciones y Costas, Serie C núm. 2985. Caso Gonzales Lluy y otros Vs. Ecuador. Excepciones Preliminares, 1 de septiembre de 2015.

[9] Idem

[10] Idem.

[11] Idem.

[12] “Se cumple un año del primer caso confirmado de Covid-19 en el mundo”, Forbes, noviembre 2020, https://www.forbes.com.mx/noticias-se-cumple-un-ano-del-primer-caso-de-coivd-19/

[13] “México suma 164 mil 290 muertes y un millón 912 mil 871 mil casos de coronavirus”, El sol de Toluca, enero 2021, https://www.milenio.com/politica/cifras-5-febrero-mexico-suma-164-mil-290-muertes-coronavirus

[14] Pacto Nacional de Derechos Econ… op. cit.

[15] Corte IDH. Caso Gonzales Lluy y otros Vs. Ecuad… op. cit

[17] “La ONU denuncia el acaparamiento de vacunas y el aumento de las desigualdades”, enero 2021, https://www.forbes.com.mx/mundo-la-onu-denuncia-el-acaparamiento-de-vacunas-y-el-aumento-de-las-desigualdades/

[18] “Farmacias advierten acaparamiento y desabasto de algunas medicinas por Covid-19” enero 2021, https://www.elsoldetoluca.com.mx/finanzas/farmacias-del-edomex-advierten-acaparamiento-y-desabasto-de-algunas-medicinas-por-pandemia-de-covid-19-6262405.html

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